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Después de aplazamientos, se reanudó la implementación de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en la modalidad electrónica. El principal objetivo de este mecanismo es que todas las empresas que liquidan seguridad social de forma asistida se bancaricen y accedan a la red de forma segura.

La información que te compartimos aquí es simplemente material informativo que ofrecemos a los negocios.
Esta publicación no tiene fines comerciales y no representa un cobro para quienes se nombran.
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Es responsabilidad de los lectores y negocios el cumplimiento de la normatividad que le sea aplicable y la verificación de su vigencia.

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Julio Sánz, Vicepresidente Comercial y de Mercadeo de ACH Colombia, explica que este primer corte no es muy masivo, ya que deben migrar al sistema de PILA electrónica 40.000 empresas y 20.000 independientes. Hasta el momento no se ha presentado ningún inconveniente y la aplicación de la norma se ha realizado sin mayores traumatismos.

¿Qué es SOI?

ACH Colombia opera SOI, un servicio creado por esta compañía y las entidades financieras, para la recepción, validación, liquidación, pago de la seguridad social y parafiscales de los aportantes (empresas y trabajadores independientes) a través de PILA.

“En lo que respecta a SOI, hemos migrado los datos que llevamos con corte a 14 de marzo, que representan el 24% de los 8.000 aportantes que tenemos. No hemos tenido saturación en nuestros canales y se va a terminar de migrar lo que falta. Según el reporte al Ministerio de Salud, los demás operadores tampoco han tenido inconvenientes en el servicio. Este es un rango fácil de manejar, los masivos son los dos que vienen”, asegura.

Sánz hace referencia a empresas que tienen entre 5 y 9 cotizantes, e independientes con ingresos entre 2 y 5 salarios mínimos, cuya obligatoriedad de la PILA electrónica comenzará a regir desde el próximo 1 de junio. Así mismo, las compañías con 3 ó 4 cotizantes, que deberán empezar a aplicar esta normativa desde el 1 de agosto de este año.

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Luego de los aplazamientos que ha tenido la entrada en vigencia de esta medida, Sánz recomienda estar alerta sobre nuevas determinaciones por parte del Gobierno en este sentido.

  • Una de las grandes ventajas de PILA electrónica es que los operadores de información cuentan con reglas claras que tienen implementadas a través de sus sistemas, lo que permite realizar validaciones en línea, de tal forma que se puedan hacer correcciones antes de pagar.
  • Además, brinda la posibilidad de almacenar información histórica disponible para consulta y efectuar el pago en línea mediante PSE.

Para que el proceso se pueda realizar de manera exitosa, el vicepresidente Comercial y de Mercadeo de ACH, enfatiza en lo que es necesario para que las personas que van a hacer la liquidación y las transacciones electrónicas tengan una cuenta corriente, de ahorros o una cuenta de depósito electrónico habilitada con los fondos que necesitan para hacer el pago y que tengan la banca virtual activa.

Así las cosas, los pasos para tener la posibilidad de liquidar y pagar los aportes a la seguridad social y parafiscales a través de la PILA electrónica son los siguientes:

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“La recomendación es asesorarse con los operadores, en nuestro caso recurrir a SOI. En la página www.soi.com.co está toda la información de cómo migrar y cómo hacer las liquidaciones electrónicas. En caso de cualquier inquietud, los usuarios pueden llamar al call center en Bogotá 3808880 o el resto del país al 018000110764”, afirma.

Es importante tener en cuenta que por ahora no es posible hacer los pagos con tarjeta débito o crédito, por lo que solo se aceptarán pagos electrónicos. Además, a partir de la implementación de PILA electrónica, los pagos físicos o en efectivo quedarán restringidos para las empresas y los independientes que cumplan con las condiciones para realizar este proceso.

Luz Yaneth Herrera, de la Gerencia de Servicios Administrativos a Empleados de Bancolombia, subraya que los cambios en la liquidación y pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales inician con la Resolución 2388 de 2016, pues fue esta la que instituyó las reglas para tal fin. Posteriormente, con el Decreto 1990 se estableció cómo debían aplicarse los redondeos, los cambios de fecha de pago y la obligatoriedad del pago electrónico.

De acuerdo con Herrera, los cambios más visibles que trae la aplicación de PILA son los siguientes:

  • Un empleado podrá tener varias líneas, estas dependerán del número de novedades que tenga, por ejemplo: si un empleado en un mes trabajó y tuvo vacaciones, deberá reportar una línea por los días trabajados y otra por los días de vacaciones, esta última con la marcación de novedad correspondiente.
  • Las novedades deben tener fecha de inicio y fin y ser marcadas con una de las siguientes iniciales: ING: ingreso, RET: retiro, VSP: variación permanente de salario, VST: variación transitoria de salario, SNL: suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o comisión de servicios, IGE: incapacidad temporal por enfermedad general, LMA: licencia de Maternidad, VAC-LR: vacaciones, licencias remuneradas, IRL: accidente de trabajo o enfermedad laboral.
  • El decreto 1990 cambió el redondeo, que ahora se realiza hacia el múltiplo de 100 superior más cercano y esto por cada línea que tenga el empleado, lo que genera diferencias entre la liquidación de la nómina, que se hace por valores totales, y PILA que se efectúa por línea. Estas diferencias por redondeo normalmente son costos adicionales que la empresa deberá asumir.
  • Las novedades tardías se deberán reportar en la planilla PILA de corrección, siempre que el pago sea cero o superior, pero no podrá utilizarse para hacer cobros al sistema de seguridad social, pues estos se deberán hacer directamente con las entidades.
  • Para Herrera, el adecuado uso de la planilla PILA electrónica por parte de las empresas, dependerá de que estas estudien con mucho detenimiento las normas para aplicarlas de forma correcta, se asesoren de los operadores de información e implementen una política muy clara con respecto a las incapacidades, para que puedan reportarlas dentro del mes correspondiente.
     

 

Descarga el documento y complementa la información

Decreto 1765 de 2017
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El decreto 1765 estableció la obligatoriedad del pago de seguridad social y parafiscales a través de la PILA en la modalidad electrónica. Los plazos para empresas y trabajadores independientes van desde marzo de 2017 hasta agosto de 2018.

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