¿Qué son las Cuentas de Compensación?
Estas son cuentas que los residentes abren en entidades financieras del exterior y que se registran en el Banco de la República como Cuenta de Compensación.
¿Qué operaciones se pueden canalizar a través de una Cuenta de Compensación?
De ingresos:
- Operaciones del mercado cambiario y del mercado libre.
- Divisas adquiridas a los intermediarios del mercado cambiario.
- Divisas adquiridas a residentes que tengan divisas del mercado cambiario.
- Compra a otros titulares de cuentas de compensación.
- Pago, recaudo y transferencia en divisas de regalías.
- Traslados desde cuentas del mercado no regulado o de compensación del mismo titular.
De egresos:
- Operaciones del mercado cambiario y del mercado libre.
- Venta de divisas a los Intermediarios del mercado cambiario.
- Venta de divisas a otros titulares de Cuentas de Compensación.
- Pago y la transferencia en divisas de regalías.
- Traslados desde cuentas del mercado no regulado o de compensación del mismo titular.
¿Qué son las Declaraciones de Cambio?
Son formatos diseñados por el Banco de la República, que deben presentarse obligatoriamente por residentes y no residentes que realicen en Colombia operaciones de cambio a través del mercado cambiario.
Tipos de declaraciones de cambio
El servicio de Declaraciones de Cambio tiene a disposición de nuestros clientes, el diligenciamiento de los siguientes formularios:
- Formulario N° 1: Importaciones de bienes.
- Formulario N° 2: Exportaciones de bienes.
- Formulario N° 3: Endeudamiento externo.
- Formulario N° 4: Inversiones internacionales.
- Operaciones de cambio de voluntaria canalización.
- Formulario N° 10: Relación de operaciones Cuenta de Compensación.
¿Qué eventos pueden presentarse con una Declaración de Cambio?
Hay 4 eventos que pueden presentarse con las Declaraciones de Cambio:
- Inicial: Debe utilizarse cuando se realiza una operación de compra o venta por primera vez.
- Devolución: Debe utilizarse cuando los recursos girados o recibidos anteriormente a través de una operación inicial deben ser devueltos parcial o totalmente.
- Cambio: Debe utilizarse cuando la declaración de cambio realizada inicialmente debe ser cambiada por otro tipo de declaración.
- Modificación: Debe utilizarse para corregir información de una declaración de cambio inicial, siempre y cuando la adición o corrección no obedezca a datos de los documentos aduaneros.
¿En que fechas se presentan los formularios de Declaraciones de Cambio al Banco de la República?
Dependiendo la operación que se realice, se determina el plazo máximo para presentar la Declaración de Cambio correspondiente.
Toda la información completa consúltala en la circular reglamentaria externa DCIN-83 del Banco de la República.
Informes DIAN
Según la resolución No. 09147 del 14 de agosto de 2006, los titulares de Cuentas de Compensación deben presentar trimestralmente a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, la información de interés para este organismo relacionada con las operaciones extranjeras, adaptándose al calendario definido por esa entidad según el último dígito del NIT.
¿Cuáles son las fechas del calendario para hacer los reportes a la DIAN ?
El calendario de presentación de los informes está definido de acuerdo al último dígito del NIT o cédula del titular de las Cuentas de Compensación.
- 1 y 2 el décimo (10) y undécimo (11) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 3 y 4 el duodécimo (12) y decimotercero (13) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 5 y 6 el decimocuarto (14) y decimoquinto (15) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 7 y 8 el decimosexto (16) y decimoséptimo (17) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 9 y 0 el decimoctavo (18) y decimonoveno (19) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Los formularios que se presentan ante la DIAN son diferentes a los que se presentan al Banco de la República
Al Banco de la República se le reportan los movimientos de la Cuenta de Compensación con el formulario Nº 10, el cual consolida todas la operaciones de los formularios 1: Importaciones de bienes, 2: Exportaciones de bienes, 3: Endeudamiento externo, 4: Inversiones internacionales y otras operaciones: servicios, transferencias y otros.
A la DIAN son reportados los formatos 1059, 1060, 1061, 1062, 1066 y 1067.
¿Qué formatos de la DIAN puedes generar?
- Formulario 1059: Informe de datos de declaración de cambio por importación de bienes. (Formulario 1)
- Formulario 1060: Informe de datos de declaración de cambio por exportación de bienes. (Formulario 2)
- Formulario 1061: Informe de datos de declaración de cambio por endeudamiento externo. (Formulario 3)
- Formulario 1062: Informe de datos de declaración de cambio por Servicios, Transferencias y otros conceptos (Formulario 5) para ser diligenciados por el cliente.
- Formulario 1066: Informe de aclaración de datos para fines estadísticos Declaraciones de Cambio. (Formularios 1 y 2)
- Formulario 1067: Informe de complemento de datos faltantes Declaraciones de Cambio. (Formularios 1 y 2)