Solicitud para envío y recepción de divisas |
Cuando las agencias de turismo y los hoteles vendan las divisas a los Intermediarios del Mercado Cambiario, el contador público o el revisor fiscal deberá expedir una certificación referente al cumplimiento de las normas relativas al conocimiento del cliente y de la conservación de la información. Dicha certificación no debe discriminar cada transacción. |
DC por Servicios, transferencias y otro conceptos -(Antes F5) |
Comunicación escrita donde informes el trámite que requieres realizar a través de Bancolombia.
Campo a modificar | Documento soporte |
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De acuerdo a escalamiento al Comité de Riesgos, para las operaciones de Formulario # 5 no se solicita documentación soporte |
La sumatoria de los valores de las declaraciones de cambio que reemplazan la declaración de cambio inicial, debe ser igual al valor de esta última
Aquí puedes encontrar los documentos necesarios en caso de que hayas seleccionado el formulario erróneo y necesites hacer el cambio.
Para todos los casos deberás contar con:
Formulario inicial | Cambiar por | Documento Soporte |
Formulario 1 | Formulario 5 | Es indispensable la comunicación escrita mediante la cual el declarante explique a qué obedece el cambio de la declaración de cambio inicial. En caso de ser persona jurídica dicho certificado podrá ser firmado por el representante legal, contador público o revisor fiscal. |
Formulario 2 | Formulario 5 | Es indispensable la comunicación escrita mediante la cual el declarante explique a qué obedece el cambio de la declaración de cambio inicial. En caso de ser persona jurídica dicho certificado podrá ser firmado por el representante legal, contador público o revisor fiscal. |
Formulario 3 | Formulario 5 | Es indispensable la comunicación escrita mediante la cual el declarante explique a qué obedece el cambio de la declaración de cambio inicial. En caso de ser persona jurídica dicho certificado podrá ser firmado por el representante legal, contador público o revisor fiscal.* |
Formulario 4 | Formulario 5 | Es indispensable la comunicación escrita mediante la cual el declarante explique a qué obedece el cambio de la declaración de cambio inicial. En caso de ser persona jurídica dicho certificado podrá ser firmado por el representante legal, contador público o revisor fiscal.** |
*Los créditos y operaciones que impliquen endeudamiento no constituyen inversión extranjera y el BR se abstendrá de realizar este registro. Cuando se trate de capitalización de deuda externa será necesario remitirse al capítulo 7 de la DCIN 83 para validar el procedimiento descrito para este fin.
**Los créditos y operaciones que impliquen endeudamiento no constituyen inversión extranjera y el BR se abstendrá de realizar este registro.
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Si estos no son los trámites que buscas, ingresa a Trámites en moneda extranjera por Colombia desde Bancolombia S.A.