Los residentes pueden vender los instrumentos de pago (facturas) derivados de sus exportaciones a IMC, entidades del exterior que desarrollen actividades de factoring o a personas no residentes.
Al momento en que el exportador reciba el pago que le hace el Factor, debe presentar la Declaración de Cambio por exportaciones de bienes.
Si el pago no se hace por el 100%, sino por un valor menor debido a la venta con descuento de la factura, este descuento no corresponderá a una deducción y lo hará, en cambio, al valor de lo efectivamente recibido por la venta.
Si la operación de factoring se hizo con responsabilidad del exportador y el comprador no paga, el exportador deberá devolver recursos al Factor, para lo cual debe presentar la Declaración de Cambio por exportaciones de bienes y realizar una operación tipo devolución.
Para definir los costos financieros del factoring, el exportador debe presentar la Declaración de Cambio por servicios, transferencias y otros conceptos.
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