Muchos contribuyentes piensan que la retención en la fuente es un tributo, pero la verdad es que es un sistema de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y complementarios, del impuesto a las ventas, del de timbre nacional y del de industria y comercio.
Este mecanismo le da la posibilidad al gobierno, por ejemplo, de no tener que esperar a que pase un año fiscal completo para recibir el impuesto de renta, sino que lo puede hacer mensualmente, lo que le garantiza el recaudo sin tener que esperar las declaraciones de los contribuyentes.
Dicho recaudo se hace con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT), que para 2018 se fijó en $33.156, de acuerdo con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada entre el primero de octubre de 2016 y la misma fecha de 2017, que fue del 4,07%.
“En el caso de las personas naturales, las tarifas progresivas en materia de retención en la fuente se mantienen entre el 0% y el 33% para residentes, y se extiende la aplicación de estas a los ingresos percibidos por concepto de honorarios y compensación por servicios”, explica un análisis que sobre el tema realizó la firma consultora Deloitte.
Fuente: Garzón Giraldo & Asociados
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